lunes, 20 de mayo de 2013
jueves, 25 de abril de 2013
Ya puede consultar su crédito para cursos de formación
Para consultar el crédito disponible para su empresa tiene que:
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| Por último recordarles los cursos obligatorios de la TPC, para los cuales usted podrá beneficiarse de los Créditos PIF. Llámenos y se lo gestionaremos. |
martes, 2 de abril de 2013
Abiertas convocatorias de pruebas libres para Graduado en E.S.O.
Se han abierto las convocatorias para las pruebas de obtención del Graduado en E.S.O. en las siguientes comunidades:
La documentación asociada la puede consultar pulsando sobre el nombre de la comunidad que quiera consultar.
La documentación asociada la puede consultar pulsando sobre el nombre de la comunidad que quiera consultar.
COTIZA - Guía 2013
El
manual "COTIZA - Guía 2013" contiene información relativa a la
cotización al Sistema de la
Seguridad Social y está orientado a todos aquellos
empresarios y profesionales que requieran de una información precisa y
accesible desde cualquier localización y en cualquier momento. La información
contenida en él solo tiene carácter divulgativo y en ningún caso es vinculante
a la Tesorería
General de la Seguridad Social.
Se
presenta a través de un archivo comprimido de fácil descarga y que permitirá
una navegación clara, práctica y dinámica por el manual.
Pulse
en la bandera situada en el apartado Descarga del fichero para abrir el
documento. Una vez abierto pulse en guía.chm, donde se incluye una versión en formato PDF
válido para su visualización e impresión.
martes, 26 de marzo de 2013
Fátima Báñez anuncia que la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven permitirá 400.000 incentivos anuales a la contratación de menores de 30 años
Entre las acciones previstas se incluyen 15 de choque, en su mayoría
incluidas en el Real Decreto Ley de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, que acaba de
iniciar su tramitación como proyecto de Ley, y otras 85 cuyos resultados
están previstos a medio y largo plazo.
La ministra ha recordado que la Estrategia para el Empleo y el
Emprendimiento Jóvenes articula un conjunto de estímulos a la
contratación para ofrecer oportunidades tanto a los jóvenes que no
tienen formación, como a los que tienen formación pero no tienen
experiencia laboral y a los jóvenes cualificados en situación de
desempleo.
Así, se impulsa la contratación con vinculación formativa, que
permite que las empresas que contraten a jóvenes sin experiencia laboral
o desempleados de larga duración, y que compatibilicen empleo a media
jornada con formación, disfrutarán de una reducción de la cuota a la
Seguridad Social del 100% si tienen menos de 250 trabajadores y del 75%
si superan dicha cifra en su plantilla.
También el programa 'primer empleo', destinado a que los jóvenes
puedan tener su primera experiencia profesional y que permite que las
empresas que transformen en indefinidos los contratos con estos jóvenes
tendrán derecho a una bonificación en la cuota a la Seguridad Social de
500 euros al año durante tres años y de 700 euros si se suscribe con
mujeres.
Por otro lado, las empresas que contraten jóvenes que han terminado
su periodo formativo para que puedan tener su primera experiencia
profesional vinculada a su titulación disfrutarán de una reducción en la
cuota a la Seguridad Social de hasta el 50% en el contrato en
prácticas.
Asimismo, los autónomos y empresas de hasta 9 trabajadores que
contraten de forma indefinida a un joven menor de 30 años disfrutarán de
una reducción del 100% en las cuotas a la Seguridad Social durante un
año.
La Estrategia incluye un contrato 'generaciones', que incentiva la
contratación de desempleados de edad igual o superior a 45 años por
autónomos menores de 30 años a través de una reducción del 100% en la
cuota empresarial de la Seguridad Social.
lunes, 25 de marzo de 2013
Fundación Tripartita y los Pif
Aclaraciones
de la Fundación
Tripartita sobre el Permiso Individual de Formación (PIF)
El
permiso individual de formación es el que la empresa autoriza a un trabajador
para la realización de una acción formativa que esté reconocida mediante una
titulación oficial o mediante una acreditación oficial, incluidas las de los
títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad.
La
financiación de los costes salariales de cada permiso estará limitada a un
máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural,
según el caso, en función de la formación a realizar.
Por
lo tanto, el coste del permiso individual de formación, en ningún caso se
corresponderá con el coste de la acción formativa, sino con el tiempo que el
trabajador se ausenta del puesto de trabajo para formarse. Quedarán excluidas
del permiso las acciones que no se correspondan con la formación presencial,
admitiéndose la parte presencial de las realizadas mediante la modalidad a
distancia convencional o teleformación.
Por
otra parte, en el caso de utilizar los permisos individuales de formación para
la realización de acciones formativas vinculadas a la obtención de un
certificado de profesionalidad, y de acuerdo a lo establecido en el Real
Decreto 189/2013 de 15 de marzo, en su artículo 1.12, las empresas y centros de
formación de iniciativa privada, debidamente acreditados por las
administraciones laborales competentes para impartir formación conducente a la
obtención de certificados de profesionalidad, deberán cumplir con los
requisitos establecidos en el citado Real Decreto, de comunicación a la
administración competente con el fin de que ésta pueda realizar las tareas de
autorización, seguimiento y evaluación pertinentes respecto a las acciones
formativas.
Estos
centros deberán cumplir además la normativa de desarrollo del citado Real
Decreto que sea publicada por las Administraciones competentes.
Fuente: Fundación tripartita
Etiquetas:
Noticias Formación continua
Ubicación:
Granada, España
lunes, 18 de marzo de 2013
A partir de ahora, los certificados de profesionalidad se podrán realizar “on-line”
El Real Decreto establece una nueva
regulación de los certificados para adaptarla al contrato para la
formación y el aprendizaje y al nuevo sistema de formación profesional
dual.
Se garantiza la calidad de la formación acreditada por los certificados de profesionalidad.
La nueva regulación concede un papel relevante a la teleformación o “e- learning”.
Se garantiza la calidad de la formación acreditada por los certificados de profesionalidad.
La nueva regulación concede un papel relevante a la teleformación o “e- learning”.
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, un Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, que regula los certificados de profesionalidad.
La nueva disposición introduce modificaciones en la
regulación de dichos certificados para adaptarla a la nueva regulación del
contrato para la formación y el aprendizaje y al sistema de formación
profesional dual, así como en relación con su oferta e implantación y aquellos
aspectos que dan garantía de calidad al sistema.
Los certificados de profesionalidad son el instrumento de
acreditación oficial, en el ámbito de la administración laboral, de las
cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales adquiridas a través de procesos formativos o del proceso de
reconocimiento de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y
permiten su correspondencia con los títulos de formación profesional del
sistema educativo
Una de las modificaciones más importantes se encuentra en la
modalidad de impartición, que pasa de poder impartirse de forma presencial, a
distancia, teleformación o mixta a únicamente teleformación y forma presencial.
Cuando la formación vinculada a los certificados de
profesionalidad se desarrolle mediante teleformación, deberá realizarse a
través de una plataforma virtual de aprendizaje, autorizada por el Servicio
Público de Empleo Estatal, que asegure la gestión de los contenidos y el
seguimiento y evaluación de los participantes.
Los módulos formativos
requerirán de una prueba de evaluación final de carácter presencial que será
elaborada por los centros y entidades de formación en los que se impartan las
acciones formativas, y autorizada por los Servicios Públicos de empleo
competentes que podrán, a su vez, supervisar la aplicación de estas pruebas
finales.
En que nos afecta esta modificación:
Hasta el 31 de diciembre como venía haciendo hasta ahora, puede
continuar contratando la formación de los Contratos para la Formación y el
Aprendizaje que les surjan, con Academia El Futuro.
Ya que en el Real Decreto queda aún desarrollos reglamentarios
pendientes de publicación, en el solo se establecen fundamentalmente
disposiciones para adaptar la normativa anterior a la nueva modalidad formativa
de teleformación prevista en materia de contratos de trabajo para la formación
y el aprendizaje, así como sus contenidos bajo Certificado de Profesionalidad pero no así su aplicación.
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