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martes, 16 de junio de 2015

Registro y sello de la PYME innovadora




¿Quién?


Para Pymes en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

1. Cuando haya recibido financiación pública en los últimos tres años, sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada, a través de:
  • Convocatorias públicas en el marco del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.
  • Ayudas para la realización de proyectos de I+D+i, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial.
  • Convocatorias del 7º Programa Marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020, de la Unión Europea.

2. Cuando haya demostrado su carácter innovador, mediante su propia actividad:
  • Por disponer de una patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación.
  • Por haber obtenido, en los tres años anteriores al ejercicio del derecho de bonificación, un informe motivado vinculante positivo a efectos de aplicación de la deducción a la que se refiere el artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre sociedades.

3. Cuando haya demostrado su capacidad de innovación, mediante alguna de las siguientes certificaciones oficiales reconocidas por el Ministerio de Economía y Competitividad:
  • Joven Empresa Innovadora (JEI), según la Especificación AENOR EA0043.
  • Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación AENOR EA0047.
  • Certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i».


¿Cuándo?


A partir del viernes 12 de junio de 2015.


¿Cómo?


El procedimiento se iniciará a solicitud de la PYME interesada y se deberá acompañar de cualquier documento que acredite el cumplimiento de alguno/algunos de los requisitos indicados en el artículo 6.2 del Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador:
  1. En el caso de los requisitos para ser considerada como PYME, será necesario la declaración en la solicitud telemática, bajo la responsabilidad del solicitante, de que se cumplen los requisitos al efecto.
  2. Asimismo se requerirá la declaración de no haber tenido revocación total de las ayudas alegadas para estar en el registro, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  3. En el caso de los requisitos acreditativos de la condición de ser innovadora, deberán presentarse bien las copias de las pertinentes resoluciones definitivas de concesión de ayudas, bien del documento de la Oficina Española de Patentes y Marcas que acredite tener una patente registrada en España en vigor de máximo cinco años de antigüedad o copia informe motivado ex-post correspondiente a alguno de los tres períodos impositivos anteriores al del ejercicio del derecho de bonificación o las copias de las correspondientes certificaciones de las especificaciones o normas AENOR.


¿Para qué?


Tras la inscripción en el Registro y la obtención del sello, la PYME podrá:
  • Exponer en su sede y locales el distintivo concedido a la empresa.
  • Utilizar el distintivo en el tráfico comercial de la empresa y con fines publicitarios, sujeto a la plena observancia de la normativa aplicable, en particular, en materia de publicidad.
  • Compatibilizar los beneficios fiscales y bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social regulados en el artículo 6 del Real Decreto 475/2014.

martes, 9 de junio de 2015

Modificación del plazo de ingreso en el período voluntario del Impuesto sobre Actividades Económicas




Se establece que:

UNO
Para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2015, se establece que su cobro se realice a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que a tal efecto se hará llegar al contribuyente. En el supuesto de que dicho documento de ingreso no fuera recibido o se hubiese extraviado, deberá realizarse el ingreso con un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, en el caso de cuotas de clase nacional, o correspondientes a la provincia del domicilio donde se realice la actividad, en el caso de cuotas de clase provincial.

DOS
Se modifica el plazo de ingreso en período voluntario del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2015 cuando se trate de las cuotas a las que se refiere el apartado Uno, fijándose un nuevo plazo que comprenderá desde el 15 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2015, ambos inclusive.

jueves, 28 de mayo de 2015

Ley 9/2015 de Medidas Urgentes en Materia Concursal

Ayer, 27 de mayo de 2015, entró en vigor la nueva Ley 9/2015 de Medidas Urgentes en Materia Concursal. Como objeto persigue facilitar acuerdos que permitan la supervivencia de empresas que entren en un proceso concursal.

Esta norma, que trae causa del Real Decreto Ley 11/2014 del 5 de septiembre, completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal y busca dar solución a algunas carencias y problemas detectados. Así, establece un mejor engranaje entre el convenio concursal y los acuerdos de refinanciación y elimina los obstáculos legales para la venta de empresas o unidades productivas sin cargas.

jueves, 19 de febrero de 2015

Ayudas europeas para PYMEs



La Unión Europea ha convocado una serie de ayudas y subvenciones para pequeñas y medianas empresas y ofrecer, de este modo, apoyo a aquellas que pertenezcan a países económicamente menos desarrollados.
Las PYMEs podrán beneficiarse de dichas subvenciones si sus proyectos favorecen los intereses de la Unión Europea. Asimismo, se ofrece apoyo empresarial a través de los servicios de la Red Empresarial Europea o la Ventanilla sobre Derechos de Propiedad Intelectual.


Fomento del comercio


La Comisión Europea ha puesto en marcha una iniciativa para desarrollar y promocionar el comercio. Sus objetivos son crear proyectos de cooperación con las organizaciones nacionales y establecer una relación más cercana entre los demás países de la Unión Europea. El plazo de solicitudes finaliza el 19 de Marzo.


Ayudas a la internacionalización


El apoyo a la internacionalización pretende ayudar a las empresas a que se expandan y abran sus mercados para conseguir nuevas oportunidades. El plazo de solicitudes finaliza el 31 de Marzo.


Búsqueda de la innovación


Estas ayudan van dirigidas a las PYMEs más innovadoras, incluyendo a las de nueva creación para fomentar la investigación y la creación de aplicaciones o servicios innovadores. El plazo de solicitudes finaliza el 16 de Diciembre.

martes, 13 de enero de 2015

Ayudas y subvenciones 2015: autónomos y pymes

Esta es la lista de las ayudas y subvenciones confirmadas para este año dirigidas a pequeñas y medianas empresas y a autónomos. Esperamos que os sean de ayuda y que puedan beneficiar a vuestras empresas.




Dentro del Plan Nacional e Integral del Turismo se encuentra el Programa Emprendetur, que estará en vigor hasta el 2 de Febrero de 2015. Están destinadas a las pymes que operen en España del sector del turismo.



Las ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo del Programa Emprendetur I+D+i, también estarán en vigor hasta el 2 de Febrero. Están dirigidas a autónomos y empresas nacionales que apuesten por la innovación y la promoción turística.



El Programa Emprendetur Internacionalización, cuenta con dos plazos de solicitud, siendo el primer plazo del 9 de Enero al 9 de Marzo. Se destinarán a empresas creadas en España que deseen salir al exterior y cuyo índice de exportación no rebase el 40% de su facturación.



Los autónomos y pymes podrán ser beneficiarios de los Incentivos para la renovación de vehículos que ofrece el Ministerio de Industria. Las subvenciones se entregarán hasta que se acaben los fondos.



Líneas ICO Comercio Interior. Son préstamos para pymes del sector del comercio. El plazo es hasta el 14 de Diciembre, pero las ayudas se concederán hasta agotar los fondos.



Líneas ICO de Innovación Fondo Tecnológico. Son ayudas pensadas para las empresas españolas que hayan diseñado proyectos de innovación tecnológica. El plazo para solicitarlas es también hasta el 14 de Diciembre.



Las ayudas PIMA Transporte tienen el objetivo de ayudar a renovar la flota de vehículos en las pequeñas empresas de transporte de viajeros y mercancías con capacidad de tracción propia. El plazo es hasta el 1 de Octubre.



El Fondo Jeremie que concede el ICO está destinado a empresas que tengan previsto poner en marcha proyectos de investigación y desarrollo antes del 31 de marzo.

martes, 30 de diciembre de 2014

Comienza bien el nuevo año



Este año se acaba y se acerca 2015. Es importante para las empresas, sobretodo para las PYMEs, comenzar con buen pie y para ello no hay nada mejor que repasar como ha ido este año y proponerse nuevas metas. En este post indicaremos algunos elementos a tener en cuenta para conseguir superar las dificultades y conseguir el éxito en el nuevo año.


Actualizar la información de los clientes y vigilar a la competencia


Como nosotros, otras empresas están haciendo balance sobre sus relaciones empresariales, por lo que es importante retomar el contacto con ellos y afianzar la relación.
Es importante conocer la evolución que ha tenido la competencia, conocer sus éxitos y sus fracasos y aprender de ellos. Es conveniente vigilar sus movimientos y observar sus prioridades y actuaciones. Esto servirá para intentar ganar la partida.


Buscar nuevos mercados


Es el momento de expandir el negocio fuera de España, pero esto no se hace en un momento. Es necesario tener un plan de negocio, conocer los pros y los contras y definir la estrategia a seguir. El comienzo del año es el mejor momento de plantear todas esas cuestiones.


Conocer las nuevas fórmulas de financiación y los cambios fiscales


Este nuevo año comienza con innumerables cambios fiscales que afectarán a la economía de la empresa. Es importante saber las que nos atañen directamente. También es conveniente hacer un repaso a la financiación y a posibles nuevas fórmulas.


Incorporar tecnología y desarrollar contenidos digitales


Modernizar nuestro negocio mejorando la tecnología supondrá una inversión inicial que en muy poco tiempo se convertirá en rentabilidad por al ahorro en costes y por el aumento en la eficacia en la realización de tareas que supondrá. Además, en el mundo tecnológico en el que vivimos se hace indispensable estar en las redes sociales. Aprovecharemos las nuevas tecnologías y seguiremos una buena estrategia que aumente los contacto con los actuales clientes y nos permitirá conseguir nuevos.

jueves, 18 de diciembre de 2014

En 2015 no habrá incentivos fiscales para el empleo para PYMES y autónomos



Para el próximo año 2015, se ha eliminado la reducción del 20% sobre el rendimiento neto por creación y mantenimiento del empleo en los Presupuestos Generales del Estado. Esta reducción fiscal afecta a PYMES y autónomos que tengan menos de 25 trabajadores y facturen menos de 5 millones de euros al año.

Consecuencias


Lorenzo Amor, presidente de ATA, asegura que esta reducción supondría la destrucción de muchos puestos de trabajo, unos 70.000 empleos, creados por autónomos y PYMES, los cuales componen el 98% del tejido empresarial español. Según Amor, la destrucción de tantos puestos de trabajo traería un aumento en las prestaciones por desempleo mucho mayores que el ahorro que supondría esta medida de ahorro.

Alternativas


Ante las consecuencias tan negativas que esto supondría para el empleo en España, la ATA (Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos) propone mantener la reducción fiscal hasta que el desempleo no sea inferior al 20%. Además, ha propuesto que esta eliminación se aplique a los autónomos o pequeñas empresas que tengan menos de 10 trabajadores y no facturen más de 2 millones de euros al año. De esta manera, más del 80% del tejido empresarial quedaría exento de la medida.