El pasado sábado se publicó la
Orden ESS/1249/2015, de 19 de junio (BOE de 27 de junio), por la que se
amplía el plazo previsto en el apartado 2 de la disposición transitoria octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio.
Así, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2015 la posibilidad de suscribir
estos contratos para la formación y el aprendizaje sin título de formación profesional
o certificado de profesionalidad relacionados con el trabajo
efectivo a realizar, por lo que la actividad formativa inherente a estos contratos se podrá realizar A DISTANCIA,
y será impartida por los centros homologados disponibles (nº autorización Academia El Futuro: 1800020466),
con los contenidos mínimos orientativos establecidos en el fichero de especialidades formativas del
Servicio Público de Empleo Estatal.
Con esta ampliación se dará más plazo a la adecuación de la oferta de formación de dichos certificados a
su impartición dentro de esta modalidad de contrato, especialmente a lo que se refiere a la modalidad de
teleformación y el establecimiento de los soportes técnicos necesarios para su impartición.
No hay comentarios :
Publicar un comentario