El objeto de estas ayudas es fomentar la contratación y la incorporación al mercado de trabajo de las personas jóvenes andaluzas.
Beneficiarios
Entidades beneficiarias
Las empresas, los autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro y las entidades sin personalidad jurídica que contraten a una persona titular del Bono de Empleo Joven.
Personas beneficiarias o titulares
Personas que desde la entrada en vigor del decreto-ley reúnan los siguientes requisitos:
- Tener entre 18 y 29 años de edad. Las personas que tengan entre 18 y 24 años y que puedan ser beneficiarias de la Garantía Juvenil deben estar inscritas en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Estar en posesión de alguna de las siguiente titulaciones, obtenida dentro de los cinco años anteriores al último día del plazo de presentación de la solicitud.
- Titulación universitaria oficial o enseñanzas artísticas superiores.
- Titulación de formación profesional inicial o bachiller, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas.
- Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Cuantía de las ayudas
4.800 euros por contrato realizado a jornada completa.
2.400 euros por contrato realizado a jornada parcial (50% de la jornada).
Modelo de contratación
El modelo de contratación será con un contrato a jornada completa o parcial, de al menos 12 meses de duración. Es válida cualquier modalidad contractual vigente salvo el primer contrato de empleo joven y el contrato por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores.
Plazos y solicitudes
El plazo de solicitud será de dos meses desde la formalización del contrato para solicitar la ayuda.
- Descarga de solicitudes: Anexo I, Anexo I.3, Anexo III.1.
- Presentación de solicitudes: Ventanilla Electrónica de Administración.
- Plataforma de inscripción para las personas: a través de la web del Servicio Andaluz de Empleo.
Fuente Junta de Andalucía
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