lunes, 14 de octubre de 2013
Ventajas del contrato para la formación y el aprendizaje para el empresario
Reducción del 100% en cuotas de la Seguridad Social en los contratos suscritos con desempleados inscritos en la Oficina de Empleo como demandante de empleo.
Reducción del 75% en empresas de más de 250 trabajadores.
Permite a la empresa la incorporación y formación de una plantilla joven y su posterior consolidación en la empresa con la debida formación.
Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 años, ampliable a los 30 años hasta que la tasa de desempleo del país se sitúe por debajo del 15%.
La transformación posterior del contrato de trabajo para la formación en un contrato de trabajo indefinido goza de especiales bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.
La formación teórica que recibe el trabajador es deducible de las cuotas de la Seguridad Social.
Etiquetas:
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Contrato para la formación y el aprendizaje
Ubicación:
Granada, España
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