viernes, 4 de octubre de 2013
Contrato de Formación: Preguntas de los usuarios #13
¿Un autónomo puede contratar a sus hijos?
Sí. El empresario autónomo puede contratar a los hijos como trabajadores por cuenta ajena si son menores de 30 años, independientemente si conviven con él o no, en la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje, teniendo derecho a una reducción del 100% de las cuotas de la Seguridad Social.
El empresario autónomo sin asalariados que contrate a un solo familiar, que no conviva con él ni esté a su cargo tendrá derecho a la reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social.
¿Si un autónomo contrata a su hijo, éste tendrá derecho a paro?
El trabajador tendrá derecho a la prestación por desempleo siempre que:
1. No conviva con el familiar.
2. Si convive con el familiar, se valorarán datos que prueben el tiempo de prestación de servicios y cotización a la Seguridad Social (trabajo efectivo, modificación del régimen de afiliación, determinación de parentesco, etc.).
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Ubicación:
Granada, España
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