miércoles, 12 de marzo de 2014

Contrato para la formación y el aprendizaje

¿A quién va dirigido?

El contrato para la formación y el aprendizaje está dirigido a mayores de 16 años y menores de 25 años. No obstante, hasta que la tasa de desempleo no descienda hasta el 15%, la edad máxima será de 30 años.


¿Cuánto dura y cuantas prórrogas se pueden realizar?

La duración permitida es de 3 años, salvo que el convenio indique otra duración. Deberá realizarse con un mínimo de 1 año, aunque por convenio se podrá fijar una duración inferior, siendo el periodo mínimo de 6 meses.
Se podrán llevar a cabo hasta dos prórrogas para poder agotar la duración máxima, pudiendo hacerse por periodos de 6 meses.


¿Cuánto se paga por la formación de un trabajador?

Para el primer año, el coste de la formación será de 215 euros por mes completo (5 euros por 43 horas mensuales que representan el 25% de la jornada).
Para el segundo y tercer año, el coste será de 130 euros por mes completo (5 euros por 26 horas mensuales que representan el 15% de la jornada).

El empresario se bonificará mensualmente el coste de las horas de formación teórica que se hayan impartido en el mes anterior por cada uno de los trabajadores con contrato para la formación y el aprendizaje, en la liquidación de las cuotas de dicho mes, siempre que se ingresen dentro del plazo reglamentario.


¿Cuándo y cómo se pasan los recibos?

Los cargos bancarios se pasarán mensualmente durante el mes siguiente a la finalización del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a cada mes hasta que finalice el contrato inicial o las prórrogas.


¿Existen bonificaciones cuando se transforma un contrato formativo en un contrato indefinido?

Las empresas que transformen en contrato indefinido un contrato para la formación y el aprendizaje, cualquiera que sea la fecha de su celebración, tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 €/año, durante tres años. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 €/año.

martes, 11 de marzo de 2014

Bonificación 100% para los autónomos que realicen un contrato de formación a su hijo




Un autónomo tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas a la Seguridad Social si contrata a su hijo o hija como empleado por cuenta ajena con un contrato para la formación y el aprendizaje si es menor de 30 años, conviva o no con él.

Asimismo, podrá beneficiarse de esta bonificación del 100% un autónomo sin asalariados al contratar a un familiar menor de 30 años, siempre que no conviva con él ni esté a su cargo.


Prestación por desempleo

Igualmente, el familiar contratado podrá tener derecho a la prestación por desempleo cuando cumpla los siguientes requisitos:
  • No conviva con el familiar.
  • Si convive con el familiar, se valorarán datos que prueben el tiempo de prestación de servicios y cotización a la Seguridad Social, si ha habido una modificación del régimen de afiliación, existencia de un trabajo efectivo, si pertenece a otro núcleo familiar, etc.

lunes, 10 de marzo de 2014

Convocatoria PEAC en Aragón




Las cualificaciones profesionales sobre las que el Gobierno de Aragón ha abierto plaza para su acreditación son las siguientes:

TRANSPORTE SANITARIO
CÓDIGO CUALIFICACIÓN PROFESIONAL
UC0072_2 Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.
UC0071_2 Trasladar al paciente al centro sanitario útil.
UC0070_2 Prestar al paciente soporte vital básico y apoyo al soporte vital avanzado.
UC0069_1 Mantener preventivamente el vehículo sanitario y controlar la doración material del mismo.
ATENCIÓN SANITARIA A MÚLTIPLES VÍCTIMAS Y CATÁSTROFES
CÓDIGO CUALIFICACIÓN PROFESIONAL
UC0362_2 Colaborar en la preparación y en la ejecución de planes de emergencias y de dispositivos de riesgo previsible.
UC0360_2 Colaborar en la organización y el desarrollo de la logística sanitaria en escenarios con múltiples víctimas y catástrofes, asegurando el abastecimiento y la gestión de recursos y apoyando las labores de coordinación en situaciones de crisis.
UC0361_2 Prestar atención sanitaria inicial a múltiples víctimas.
UC0072_2 Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.
FÁBRICAS DE ALBAÑILERÍA
CÓDIGO CUALIFICACIÓN PROFESIONAL
UC0142_1 Construir fábricas para revestir.
UC0143_2 Construir fábricas vistas.
UC0141_2  Organizar trabajos de albañilería.
UC0869_1 Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones.


















































Plazas convocadas
Transporte sanitario y Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes: 100 plazas para nuevos candidatos.
Fábricas de Albañilería: 75 plazas para nuevos candidatos.


Solicitudes
La solicitud para la acreditación se realizará a través de la siguiente página web: 


Plazo de solicitudes
Transporte sanitario y Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes: la solicitud de inscripción puede presentarse desde el 28 de Febrero al 11 de Marzo de 2014, ambos inclusive.
Fábricas de Albañilería: la solicitud de inscripción puede presentarse desde el 28 de Febrero al 12 de Marzo de 2014, ambos inclusive.


Puedes encontrar toda la información en la web del  Gobierno de Aragón.

viernes, 7 de marzo de 2014

La motivación del alumno



Sea como sea la formación, on-line o a distancia, sean cuales fueran sus características y ventajas, el éxito de un curso siempre vendrá dado por el alumno que es la persona que ha decido estudiar, qué estudiar, cómo estudiar y cuándo estudiar.

De este modo, es de vital importancia motivar al alumno para que decida seguir estudiando y sacar adelante la acción formativa, logrando el éxito en sus objetivos.

Existen factores que influyen en la motivación del alumno y que tienen su origen en el propio alumno, el tutor y los contenidos formativos del curso. A continuación hablaremos sobre ellos:

Alumno: será éste quien decida emprender un curso, su temática y su modalidad. Esta decisión podrá venir motivada por factores como la alta competitividad actual del mercado laboral, la necesidad de realizarse profesionalmente, etc.

Tutor: deberá mantener la motivación del alumno a través de su seguimiento con el sistema de tutorías, los recursos disponibles en el Campus Virtual, el diseño de actividades, las herramientas de comunicación sincrónicas y las herramientas de comunicación asincrónicas.

Contenidos formativos: es la parte más importante. Si el contenido no es de calidad el alumno creerá que estudiar ese curso es una pérdida de tiempo. De este modo, con independencia de la modalidad formativa, la calidad de los materiales no sólo se mide por su precisión y grado de actualización, sino también por la incorporación de elementos pedagógicos que faciliten su lectura, comprensión y estudio.

jueves, 6 de marzo de 2014

Ley para la protección de los trabajadores a tiempo parcial



La Ley 1/2014, de 28 de Febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, introduce reformas en los sectores de infraestructuras, de transportes aéreo, terrestre, ferroviario y marítimo y en el sector de la vivienda, pero también mejoras para los trabajadores con contratos a tiempo parcial. 

2. En materia de protección social del trabajo a tiempo parcial:

En el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, se introducen determinadas reglas específicas relativas a la acción protectora de la Seguridad Social aplicables a los trabajadores a tiempo parcial respecto al cálculo de los periodos de cotización necesarios para causar derecho a las distintas prestaciones de la Seguridad Social. Con ello pretende garantizarse el principio de igualdad entre los trabajadores a tiempo parcial y los de tiempo completo. Se exige el mismo esfuerzo en ambos casos para evitar efectos desproporcionados entre las cotizaciones realmente efectuadas por el trabajador y la cuantía de la prestación que recibe. Por tanto, se modifican los períodos de tiempo con contrato vigente a tiempo parcial, de igual modo que cuando se trata de trabajadores a tiempo completo, manteniéndose la proporcionalidad tanto en el acceso al derecho a las prestaciones, pensiones y subsidios, como a su cuantía.

De este modo, la Ley flexibiliza el requisito del período de carencia de 15 años para ser beneficiario de una pensión contributiva, no siendo necesario acreditar el equivalente a 15 años trabajados a jornada completa.

Con la aplicación de la nueva Ley, el período mínimo exigido se ajustará al coeficiente de parcialidad que el trabajador acredite a lo largo de toda la vida laboral. Por ejemplo, si un trabajador tuviera un coeficiente de parcialidad del 50%, el período mínimo de cotización que tendría que acreditar para la jubilación no serían 15 años, sino 7 años y medio.

Vigencia: entró en vigor el 2 de Marzo de 2014, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

miércoles, 5 de marzo de 2014

Pequeños grandes consejos para estudiar a distancia



Sacar el máximo partido a los cursos a distancia requiere de una buena planificación de hábitos y rutinas.


Cuando se habla de estudiar a distancia lo primero en lo que pensamos es en la flexibilidad y comodidad del estudio. Esto es así, pero también hay que tener en cuenta que exige a los estudiantes otros requisitos si quieren terminar con éxito su formación.

Aunque es cierto que se acomoda a las necesidades de los alumnos, también conviene recordar que esta metodología requiere una disciplina de estudio más estricta.

Es por ello que es importante seguir unas pequeñas pautas que ayudarán al estudiante a organizar bien su tiempo y sacarle el máximo provecho:
  • Organiza bien tu tiempo.
  • Saca provecho de las nuevas tecnologías.
  • Prioriza y motívate.
  • Busca la atención personalizada.
  • Busca un buen sitio de estudio.

lunes, 3 de marzo de 2014

Tarifa plana de 100€ también para los hijos de autónomos



El BOE publicó ayer, día 2 de Marzo, el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, que recoge la tarifa plana de 100 euros en las cotizaciones a la Seguridad Social para los nuevos contratos indefinidos, siempre y cuando suponga la creación neta de empleo estable.

Aunque la normativa impide su aplicación a los contratos que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad del empresario, el BOE aclara que existe una excepción cuando el empleador es un trabajador autónomo.

De este modo, los hijos de autónomos que sean menores de 30 años, o mayores si tienen especiales dificultades para su inserción laboral, tendrán la oportunidad de acogerse a la tarifa plana de 100 euros.


LA TARIFA PLANA DE 100 EUROS

Como ya sabemos, los empleadores que contraten a nuevos trabajadores con carácter de indefinidos, pagarán una tarifa plana mensual a la Seguridad Social que oscilará entre los 50 y 100 euros, dependiendo de la jornada del empleado, durante los primeros 24 meses.

La norma establece que las empresas de menos de 10 trabajadores podrán beneficiarse, una vez transcurridos los primeros 24 meses, de 12 meses adicionales con una reducción del 50% de la cuota a la Seguridad Social.

En el caso de que las empresas no mantengan el nivel de empleo total o despidan al trabajador contratado como indefinido en los 3 años siguientes, deberán reintegrar, total o parcialmente, las cantidades que se han ahorrado. Así, si incumplen el primer año deberán ingresar la totalidad de la reducción, si incumplen el segundo año será el 50% y si lo hacen el tercero el 33%.