El Consejo de Ministros aprobó el viernes 23 de octubre el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que fue publicado al día siguiente como Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Según el Gobierno, este texto refundido y el también aprobado de la Ley de Empleo, pretenden facilitar a los trabajadores el ejercicio de sus derechos y a los operadores económicos el desarrollo de su actividad, agrupando la normativa dispersa en un solo texto y haciendo las normas más sistemáticas, comprensibles y de fácil aplicación.
Este texto refundido tampoco supone cambios de orden sustantivo manteniéndose en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo las políticas activas de empleo como verdaderas herramientas de activación frente al desempleo y el Sistema Nacional de Empleo, como un conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover y desarrollar la política de empleo.
Sin embargo, sí comparte los objetivos ya descritos para el ET: aclarar y armonizar la norma y dotarla de una estructura más ordenada.
El contrato formativo esta detallado en el artículo 11.2 donde detalla las características de este contrato, no modificando ninguna norma anterior.
Fuente Noticias Jurídicas