jueves, 11 de diciembre de 2014

Retenciones 2015: Novedades





Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo

Las deducciones podrán ser de hasta 1.200€ anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y de 2.400€ en el caso de familias numerosas de categoría especial.

Para beneficiarse de estas deducciones es necesario realizar una actividad por la que se cotice a la Seguridad Social o mutualidad alternativa y tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, o ser ascendiente o hermano huérfano de padre y madre formando parte de una familia numerosa. El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o las mutualidades devengadas en cada período impositivo.

Para poder solicitar su percepción anticipada, se introduce un nuevo artículo en el RIRPF: "artículo 60 bis. Procedimiento para la práctica de las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo y su pago anticipado" desarrollando la forma de cuantificar el importe de estas nuevas deducciones y los requisitos y procedimiento para solicitar a la AEAT su pago anticipado.


Pagos a cuenta

Las retenciones salariales se adaptarán a la rebaja media del 12,5%. Se eleva la cuantía a partir de la cual debe empezar a practicarse la misma. Además se ha incorporado la nueva escala de retención con tipos marginales inferiores.

Las retenciones por actividades profesionales y actividades económicas bajarán del 21% al 19% en 2015 y al 18%, en 2016. Se incorpora el nuevo tipo del 15% para profesionales con menores importes de rendimientos íntegros. El tipo de retención para administraciones de entidades cuya cifra de negocios sea interior a 100.000€ pasará del 42% al 20% en 2015 y al 19% en 2016.


Fuente CISS Fiscal

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