martes, 27 de octubre de 2015

Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores


El Consejo de Ministros aprobó el viernes 23 de octubre el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que fue publicado al día siguiente como Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Según el Gobierno, este texto refundido y el también aprobado de la Ley de Empleo, pretenden facilitar a los trabajadores el ejercicio de sus derechos y a los operadores económicos el desarrollo de su actividad, agrupando la normativa dispersa en un solo texto y haciendo las normas más sistemáticas, comprensibles y de fácil aplicación.

Este texto refundido tampoco supone cambios de orden sustantivo manteniéndose en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo las políticas activas de empleo como verdaderas herramientas de activación frente al desempleo y el Sistema Nacional de Empleo, como un conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover y desarrollar la política de empleo.

Sin embargo, sí comparte los objetivos ya descritos para el ET: aclarar y armonizar la norma y dotarla de una estructura más ordenada.

El contrato formativo esta detallado en el artículo 11.2 donde detalla las características de este contrato, no modificando ninguna norma anterior.


jueves, 22 de octubre de 2015

Incentivos para la contratación en Extremadura

ORDEN de 5 de octubre de 2015 por la que se convoca la concesión de incentivos destinados a favorecer la contratación de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2015-2016.


OBJETIVOS

Favorecer la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en la Comunidad Autonómica de Extremadura.


Programas

Programa III: Subvenciones destinadas a la transformación de contratos temporales de fomento del empleo, contratos en prácticas o para la formación, de relevo y de sustitución en indefinidos celebrados con trabajadores con discapacidad.

Programa IV: Subvenciones para la contratación temporal de fomento del empleo de trabajadores con discapacidad en empresas ordinarias.


Beneficiarios
  • Pymes, ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, que realicen contrataciones de personas con discapacidad.
  • Comunidades de bienes, sociedades civiles y uniones temporales de empresas.
  • Empresas que lleven a cabo la apertura de nuevos centros o ampliación de los existentes y contribuya a la creación de nuevos empleos.

Cuantía de las ayudas

Programa III: 4500 euros por cada transformación en indefinido realizada a jornada completa.
Programa IV: 1000 euros por cada contratación temporal de fomento de empleo.


Plazo de presentación de solicitudes

Desde el 17 de Octubre de 2015 hasta el 30 de Mayo de 2016.


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martes, 20 de octubre de 2015

Nueva convocatoria PEAC Comunidad Valenciana





OBJETO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Convocar el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para la obtención de los siguientes certificados de profesionalidad:

CUALIFICACIÓN PROFESIONAL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
(COMT0411) GESTIÓN COMERCIAL DE VENTAS Del 15 de Septiembre al 30 de Noviembre de 2015
(ELEE0109) MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN Del 1 de Septiembre de 2015 al 31 de Mayo de 2016
(IMAR0108) MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES FRIGORÍFICAS Del 1 de Septiembre de 2015 al 31 de Mayo de 2016


MAS INFORMACIÓN

viernes, 2 de octubre de 2015

Subvención BBVA


Dentro del marco del programa Yo Soy Empleo, puesto en marcha por la entidad financiera BBVA para fomentar la contratación en pymes y autónomos ofreciendo 1.500 euros, ha ampliado el plazo para la solicitud hasta el 31 de diciembre de 2015.

A continuación os contamos todos los detalles de esta subvención a la contratación:

1. Cuantía de la ayuda:

1.500 euros netos por cada nueva contratación temporal que cumpla los requisitos. Cada empresa puede solicitar un máximo de 10 ayudas.


2. Requisitos del contrato:
  • El contrato debe tener una duración mínima de 1 año, y concertarse como mínimo por 20 horas semanales. Se excluyen los contratos por obra y servicio.
  • Contrataciones con posterioridad al 8 de febrero de 2013. Ojo: la solicitud se debe hacer hasta 30 días después de haber realizado la contratación.
Esta subvención es compatible con el contrato bonificado con más ventajas, el contrato de formación.


3. Requisitos de la empresa:
  • Para empresas con menos de 250 empleados y autónomos.
  • Tener una cuenta en BBVA.
  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, con la Hacienda, y no tener situación de mora con el grupo BBVA.

4. Requisitos del trabajador:
  • Estar desempleado, inscrito como demandante de empleo al menos los dos últimos meses.
  • Domiciliar su nómina en BBVA y mantenerla al menos un año.

5. Exclusiones:
  • Los organismos o entidades del sector público no podrán participar en el programa.
  • Quedan excluidos los contratos por obra o servicio.
  • No es posible solicitar la ayuda económica para el caso de autoempleo.

Si quieres ampliar información sobre este tipo de subvención llame al teléfono 678 370 079.

Fuente BBVA