jueves, 10 de abril de 2014

Prevención de riesgos laborales en las PYMEs



Toda empresa que cuente con personal asalariado debe tener un Plan de Prevención de Riesgos Laborales. En la mayoría de los casos, su elaboración se encomienda a empresas externas especializadas en la materia, lo que supone un coste añadido. Si además se trata de una empresa de nueva creación es un nuevo gasto a tener en cuenta. 

Siendo consciente de ello, la normativa ofrecía a las empresas de hasta 10 trabajadores la posibilidad de que el empresario que estuviera capacitado diseñara el plan por sí mismo. 

Ahora esta posibilidad se amplía con la aprobación de la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (Ley 14/2013, de 27 de septiembre). Así, los requisitos que se establecen para aquellas empresas que no desempeñen algunas de las actividades previstas en el Anexo I del Real Decreto 39/1997 son:
  • Hasta 10 trabajadores: en varios centros de trabajo.
  • Hasta 25 trabajadores: en un único centro de trabajo.

De este modo, con el objetivo de facilitar la implantación de una cultura preventiva en las PYMEs, tanto los empresarios como los empleados con formación de Nivel Básico en Prevención de Riesgos Laborales, podrán autogestionar la prevención de la empresa.

Así, el ahorro no sólo viene por la posibilidad de crear su propio Plan de Prevención de Riesgos Laborales, sino que, junto al ahorro derivado de la reducción de accidentes laborales, la mejora de la calidad y condiciones en el puesto de trabajo mejoran la motivación, lo que supone un aumento de la productividad.

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