jueves, 30 de julio de 2015

Resumen sobre las novedades del primer semestre del 2015



A lo largo del semestre se han ido introduciendo entradas en el blog de Academia el Futuro a cerca de todos los cambios y novedades que han ido aconteciendo. A continuación, hacemos un resumen de todo lo hablado hasta ahora en relación con el Contrato para la Formación y el Aprendizaje de manera que podamos aclarar las dudas que puedan surgir.




Actualmente los contratos de formación no se pueden acoger a las bonificaciones de la empresa para la financiación de los costes de formación, cuando se formalicen con personas beneficiarias del Sistema de Garantía Juvenil, puesto que se trata de contratos para la formación y el aprendizaje no vinculados a los certificados de profesionalidad ORDEN ESS/41/ 2015 de 12 de Enero (disposición transitoria única.




La Orden ESS/1249/2015 de 19 de Junio, por la que se amplía el plazo previsto en la disposición transitoria octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, relativa a los contratos para la formación y el aprendizaje, prorroga el plazo para realizar contratos para la formación y el aprendizaje hasta el 31 de Diciembre de 2015 siempre y cuando no exista un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad relacionado con el trabajo a realizar o centros disponibles para su impartición.



REFORMA DEL SISTEMA DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO Y CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

El RD Ley 4/2015 de 22 de Marzo, establece modificaciones significativas que afecta a la formación profesional para el empleo, entre ellas a la formación de alternancia, es decir la formación de los contratos para la formación y el aprendizaje:
  • Los costes indirectos no podrán superar el 10% del coste total de la actividad formativa realizada y justificad.
  • Se amplían los sujetos responsables para incluir a las entidades de formación y las que asuman la organización de la formación programada por las empresas.
  • Se endurecen las sanciones a los sujetos que participen en la obtención fraudulenta de ayudas, subvenciones y bonificacione.




Las funciones que van a desempeñar según la Orden ESS/1221/2015 de 11 de Junio son:
  • Desarrollar anualmente el programa de inspección en materia de formación profesional para el empleo.
  • Ejecutar y coordinar las actuaciones inspectoras para la vigilancia y el control de la normativa.
  • Realizar un seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos.
  • Garantizar el principio de tolerancia cero contra el fraude en la gestión de los fondos.




Se ha aprobado el Proyecto de Ley para la reforma urgente del sistema de formación profesional para el empleo, introduciendo 49 enmiendas de las 224 presentadas, las modificaciones principales han sido las siguientes:
  • Aprovechar los centros de formación reglada.
  • Mayor responsabilidad de los agentes sociales.
  • Creación de un cheque formativo.
  • Posibilidad de emplear los fondos de formación no utilizados en una anualidad durante el año siguiente.

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