martes, 7 de julio de 2015

Publicación del III Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2015, 2016 Y 2017


El pasado sábado se publicó la Resolución de 15 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el III Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2015, 2016 y 2017.


OBJETIVOS

  • Contribuir al aumento de la actividad económica y del empleo y producir un incremento moderado de los precios y de las rentas para mejorar la competitividad de la economía y sobre la flexibilidad interna como herramienta para facilitar la adaptación competitiva de las empresas, favoreciendo una mayor estabilidad en el empleo.
  • Orientar la negociación de los convenios colectivos durante la vigencia del acuerdo para el 2015, 2016 y 2017.


ALGUNOS CRITERIOS EN MATERIA DE EMPLEO Y CONTRATACIÓN
CON ESPECIAL REFERENCIA A LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES

  • Formación y cualificación profesional.
  • Estructura salarial y determinación de incrementos salariales.
  • Necesidades de información.
  • Ordenación del tiempo de trabajo.
  • Ultraactividad y proceso negociado.


CONTRATACIÓN DE JÓVENES


Se prestará especial atención a este colectivo, promoviendo los contratos formativos y la formación dual como vía de su inserción laboral y cualificación y fomentando la incorporación definitiva en la empresa de estos trabajadores una vez finalizado el contrato formativo, por consiguiente, la negociación colectiva irá encaminada a:

  • Fomentar la contratación y/o promoción profesional de personas jóvenes teniendo en cuenta sus cualificaciones académicas, profesionales o experiencia laboral o profesional, a fin de ofrecerles puestos adecuados a las mismas.
  • Priorizar el acceso de los jóvenes a la oferta formativa de la empresa y a los permisos individuales de formación así como facilitar su participación en procedimientos de reconocimiento de la experiencia laboral que les permitan mejorar su cualificación personal y profesional.
  • Establecer dispositivos específicos para el seguimiento del efectivo cumplimiento de los objetivos formativos como instrumento adecuado para su incorporación al mercado laboral.
  • Propiciar medidas incentivadoras de la contratación de jóvenes, preferentemente mediante la contratación laboral frente a la utilización de prácticas no laborales en las empresas.
  • Desarrollar la formación teórica en el contrato para la formación y el aprendizaje.
  • Mejorar la calidad de las acciones formativas y la eficiencia de los fondos destinados a la formación.


Si necesitas más información, ponte en contacto con nosotros a través de nuestra línea telefónica gratuita 900 100 404 o escribiéndonos un correo electrónico a calidad@academiafuturo.com


No hay comentarios :

Publicar un comentario