jueves, 25 de junio de 2015

Se crea la Unidad Especial de Inspección en materia de formación profesional para el empleo


Hoy entra en vigor la Orden ESS/1221/2015, de 11 de junio, por la que se crea la Unidad Especial de Inspección en materia de formación profesional para el empleo. Esta Unidad Especial dependerá orgánica y funcionalmente de la Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a través de su integración en la Dirección Especial de Inspección adscrita a la Autoridad Central y se crea con el fin de garantizar un refuerzo del control y capacidad sancionadora.

Entre sus principales funciones están las de:

a) Desarrollar anualmente el programa de inspección en materia de formación profesional para el empleo, de acuerdo con la información que le sea facilitada por el Servicio Público de Empleo Estatal y, en su caso, por los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas, cuando estas hayan dispuesto en los correspondientes planes de actuación territorial que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social asuma actuaciones concretas y determinadas en materia de formación profesional para el empleo, en los términos previstos en la normativa autonómica.

b) La ejecución o coordinación de las actuaciones inspectoras para la vigilancia y control de la normativa en materia de formación profesional para el empleo cuya competencia esté atribuida a la Administración General del Estado.

c) El seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos.

d) El resto de funciones que le encomiende la Autoridad.

La creación de esta Unidad, viene recogida en el Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo, que como se sabe, introduce modificaciones en las normas legales vigentes en materia de formación profesional para el empleo, pretendiendo definir un marco normativo en términos más adecuados a la realidad actual.

La eficacia y transparencia en la gestión de los fondos de formación profesional para el empleo, en cuanto objetivo marcado por esta reforma, exige incluir modificaciones relacionadas con el control de la formación y el régimen sancionador, con el objetivo de garantizar el principio de tolerancia cero contra el fraude en la gestión de los fondos de formación profesional para el empleo.

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