martes, 11 de noviembre de 2014

¿Conoces el contrato para la formación y el aprendizaje?

¿Cuál es su propósito?

El contrato para la formación y el aprendizaje tendrá por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.


¿Cuál es el rango de edad para poder realizar un contrato para la formación y el aprendizaje?

Este contrato está dirigido a trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 años. No obstante, hasta que la tasa de desempleo no descienda hasta el 15%, la edad máxima asciende a menores de 30 años.


¿Cuánto dura y cuantas prórrogas se pueden realizar?

La duración permitida para este contrato a partir de la reforma realizada es de 3 años, salvo que el convenio indique otra duración. El contrato para la formación deberá realizarse con un mínimo de un año, sin embargo por convenio se podrá fijar una duración inferior, siendo el periodo mínimo de 6 meses. Se podrán llevar a cabo hasta dos prórrogas para poder agotar la duración máxima, pudiendo hacerse por periodos de 6 meses.

Si el trabajador cumple los 30 años durante la realización del contrato para la formación y aprendizaje se le puede formalizar la prórroga, ya que el requisito de la edad se debe cumplir en el momento de celebrar el contrato inicial.

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