jueves, 7 de noviembre de 2013

¿Puede una empresa con deuda en la Seguridad Social bonificarse la formación teórica?



Cuando una empresa tiene una deuda con la Seguridad Social o con Hacienda al inicio de un contrato para la formación y el aprendizaje, ésta impiden la reducción de las cuotas en los Seguros Sociales (97,49 €) durante toda la vigencia del mismo.

De este modo, siempre que los Seguros Sociales se ingresen dentro del plazo reglamentario, los importes de los saldos acreedores resultantes de las cantidades bonificadas por la formación teórica de sus trabajadores (215 € mensuales), serán destinados a compensar las deudas que la empresa haya contraído con la Seguridad Social hasta que queden saldadas.

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